29 octubre, 2026

El Gobierno mantiene suspendidas más de 21.800 pensiones por invalidez y da 30 días hábiles para presentar documentación

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El Gobierno nacional mantendrá suspendidas 21.812 pensiones no contributivas por invalidez laboral y otorgará a los beneficiarios un plazo de 30 días hábiles para presentar documentación que permita acreditar que cumplen con los requisitos para recibir la prestación. La decisión se tomó tras una auditoría que detectó posibles inconsistencias en información médica y patrimonial.

El vocero presidencial, Adrián Ravier, explicó que la Secretaría Nacional de Discapacidad resolvió dejar sin efecto los restablecimientos cautelares de esos beneficios porque, según indicó, no se aportaron antecedentes médicos ni socioeconómicos suficientes para justificar su continuidad.

El funcionario aclaró que la medida no pone en duda la incapacidad laboral de las personas alcanzadas, sino que apunta a reunir los datos necesarios para verificar si reúnen las condiciones exigidas por la normativa.

Durante el plazo establecido, los titulares podrán presentar documentación médica y socioeconómica, explicar por qué no participaron de las auditorías o incorporar información adicional para que se vuelva a evaluar su situación. Los trámites estarán disponibles mediante la plataforma Trámites a Distancia (TAD) y en las oficinas territoriales de la Secretaría Nacional de Discapacidad, de acuerdo con el procedimiento que se determine.

Entre las inconsistencias detectadas a partir del cruce de bases de datos oficiales, el Gobierno informó que hay 38 beneficiarios con dos o más vehículos, 26 con al menos dos inmuebles y otros 40 que poseen una propiedad de más de una hectárea. Además, Ravier mencionó el caso de una persona que figura como titular de un avión.

El vocero recordó que las pensiones no contributivas por invalidez laboral están destinadas a personas que no pueden trabajar y que carecen de medios para subsistir. Por ese motivo, sostuvo que el acceso al beneficio no depende exclusivamente de acreditar una discapacidad o contar con el Certificado Único de Discapacidad (CUD).

La presencia de bienes registrados a nombre de los beneficiarios fue señalada como un elemento que requiere una revisión individual. Sin embargo, esos datos no constituyen por sí solos una prueba de fraude ni determinan automáticamente que se hayan incumplido los requisitos para cobrar la pensión.

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