16 septiembre, 2026

La CNV reglamentó los Fondos de Asistencia Laboral y definió cómo se administrarán los recursos para indemnizaciones

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La Comisión Nacional de Valores (CNV) reglamentó los Productos de Inversión Colectiva (PIC) que permitirán implementar los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), uno de los nuevos mecanismos previstos por la reforma laboral para administrar recursos destinados al pago de indemnizaciones.

La normativa comenzará a regir el 1° de noviembre y completa el esquema regulatorio necesario para que esos fondos puedan ingresar al mercado de capitales. Las empresas deberán realizar aportes mensuales y los recursos serán administrados mediante entidades financieras y agentes del mercado de capitales.

A través de la Resolución General N° 1167, la CNV estableció que los FAL podrán estructurarse mediante Fondos Comunes de Inversión de Asistencia Laboral (FCIA FAL) o Fideicomisos Financieros de Asistencia Laboral (FF FAL). Estas alternativas podrán estar vinculadas a un único empleador o reunir aportes correspondientes a distintas empresas.

Cada empleador quedará identificado mediante un código denominado ID FAL, que permitirá asociarlo con el vehículo de inversión seleccionado. Si una compañía no realiza la elección correspondiente, se prevé una asignación automática bajo un mecanismo establecido por la reglamentación.

El marco también contempla la posibilidad de trasladar los recursos entre distintos vehículos y entidades habilitadas. De esta manera, las empresas podrán cambiar de administrador cuando así lo decidan.

Los instrumentos disponibles para invertir los fondos deberán ajustarse a las alternativas establecidas previamente por el Ministerio de Economía. A su vez, los administradores tendrán que informar mensualmente la evolución de los fondos mediante una Ficha FAL, que incluirá datos históricos y la composición de las carteras.

La regulación establece además un límite conjunto del 1% anual para los honorarios y gastos correspondientes a la administración ordinaria, calculado sobre el patrimonio de los productos de inversión colectiva destinados a la asistencia laboral.

Los PIC FAL estarán comprendidos dentro del Régimen de Oferta Pública con autorización automática. El objetivo establecido por la CNV es que el nuevo esquema permita una administración profesional de los recursos, diversificación de las inversiones, separación patrimonial, transparencia, competencia y supervisión.

La reforma laboral dispone que los empleadores privados deberán realizar aportes destinados a estos fondos. La contribución será del 1% de la masa salarial para las grandes empresas y del 2,5% para las pymes.

Los aportes serán girados mensualmente a la Administración de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), junto con la información correspondiente a la entidad financiera o agente de bolsa elegido para administrar los recursos.

Según el esquema previsto, el mecanismo no implicaría para las empresas un costo laboral adicional respecto de las contribuciones que ya realizan. Los fondos destinados al FAL se integrarán con recursos que actualmente forman parte de las contribuciones laborales y también permitirán cubrir las comisiones de administración, que tendrán un límite del 1% del patrimonio administrado.

Los trabajadores, por su parte, no deberán realizar trámites adicionales para incorporarse al sistema ni modificar su situación laboral a partir de la implementación de este mecanismo.

Las entidades financieras y los agentes de bolsa podrán ofrecer vehículos destinados a empresas individuales o fondos que agrupen a varios empleadores. Esta última alternativa permitiría reunir los aportes de distintas compañías, incluidas pequeñas empresas.

Los recursos acumulados en los FAL estarán destinados exclusivamente a cubrir indemnizaciones por despidos o retiros voluntarios. El dinero no podrá utilizarse para otros fines ni ser retirado libremente por las empresas.

La reglamentación también establece que los fondos no podrán ser rescatados de manera ordinaria. Una excepción está prevista para situaciones en las que una empresa quiebre o deje de existir, caso en el que podrá recuperarse el remanente que permanezca en el fondo correspondiente.

Con la nueva resolución, queda completado el marco necesario para la puesta en marcha de los FAL. A partir de noviembre, bancos y agentes del mercado de capitales podrán competir por la administración de los recursos que las empresas deberán destinar mensualmente al sistema.

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