El Gobierno autorizó a Pampa Jet a operar vuelos no regulares de pasajeros y cargas
La medida fue oficializada este jueves a través de la Disposición 22/2026 de la Subsecretaría de Transporte Aéreo, dependiente de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía.
La compañía había solicitado el permiso en los términos establecidos por el artículo 102 del Código Aeronáutico. Según la disposición, la empresa cumplió con los requisitos previstos por la normativa y acreditó la capacidad técnica y económica exigida por el artículo 105 de la Ley 17.285.
La autorización se enmarca además en el Reglamento de Acceso a los Mercados Aerocomerciales, establecido mediante el Decreto 599/2024. Esa normativa regula el otorgamiento de permisos para realizar transporte aéreo nacional e internacional de pasajeros y cargas, tanto en servicios regulares como no regulares.
Para comenzar a ejercer los derechos otorgados, Pampa Jet deberá presentar los certificados digitales de explotador dentro de un plazo de 180 días corridos desde la autorización.
En caso de no cumplir con ese requisito dentro del período establecido, la empresa recibirá una única intimación y dispondrá de un plazo adicional equivalente. Si tampoco presenta la documentación en esa segunda instancia, las autorizaciones podrán caducar de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 del reglamento.
La compañía también deberá desarrollar sus actividades de acuerdo con las disposiciones del Código Aeronáutico, el Decreto 599/2024 y las demás normas que se dicten durante el período de vigencia de los derechos otorgados.
El trámite se llevó adelante bajo el procedimiento previsto en la Disposición 12/2024 de la Subsecretaría de Transporte Aéreo para los servicios de transporte no regular. Ese régimen establece un mecanismo simplificado para aeronaves de hasta 19 plazas, de acuerdo con el diseño del fabricante, y contempla la tramitación simultánea de la autorización aerocomercial y del Certificado de Explotador de Servicios Aéreos ante la Dirección Nacional de Seguridad Operacional.
Antes de la aprobación intervinieron la Dirección Nacional de Seguridad Operacional, la Secretaría de Transporte y el servicio jurídico permanente.
La disposición fue firmada por el subsecretario de Transporte Aéreo, Hernán Adrián Gómez, y establece además que tanto Pampa Jet como la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) sean notificadas sobre la autorización.


