21 agosto, 2026

El Gobierno revisará las medidas antidumping sobre autopartes importadas de China

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El Ministerio de Economía inició un examen por expiración de plazo y cambio de circunstancias sobre las medidas antidumping aplicadas a la importación de crucetas y tricetas, componentes utilizados en la industria automotriz y provenientes de China.

Mientras se desarrolla el proceso, el Gobierno resolvió no mantener vigente el arancel correspondiente. La decisión quedó formalizada mediante la Resolución 1291/2026, firmada por el ministro de Economía, Luis Caputo.

El procedimiento permitirá analizar si corresponde mantener la medida antidumping que se encuentra vigente desde 2015. En ese momento se establecieron derechos de US$11,09 por kilogramo para las crucetas y de US$16,02 por kilogramo para las tricetas. En 2021, ambos aranceles fueron prorrogados por otros cinco años.

El pedido para iniciar el nuevo examen fue presentado por la única empresa fabricante nacional de estos componentes. A partir de esa solicitud, la Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE) analizó la evolución de las importaciones y los precios de exportación de origen chino en distintos mercados.

Según el análisis realizado por el organismo, el precio nacionalizado de las crucetas provenientes de China y destinadas al mercado de Ecuador se ubicó por debajo del precio nacional durante todo el período considerado. Las diferencias de precios oscilaron entre el 39% y el 67%.

En el caso de las tricetas, las subvaloraciones identificadas fueron de entre 54% y 73%.

La CNCE también detectó un fuerte incremento de las importaciones de crucetas provenientes de China. Entre 2023 y 2025, el volumen importado aumentó un 437%.

Al mismo tiempo, la empresa nacional que solicitó la revisión redujo su cantidad de trabajadores y registró márgenes de rentabilidad negativos durante casi todo el período analizado.

A partir de estos datos, la CNCE advirtió que la eliminación de la protección podría generar un nuevo aumento de las importaciones chinas, tanto en cantidades como en precios, con un eventual impacto negativo sobre la industria nacional.

El examen tendrá distintos períodos de referencia. Para analizar la existencia de dumping se considerarán los datos comprendidos entre mayo de 2025 y abril de 2026, mientras que para evaluar el posible daño a la producción nacional se tomará el período comprendido entre enero de 2023 y abril de 2026.

Las partes interesadas tendrán un plazo de 30 días desde la publicación de la resolución para presentar sus respuestas y aportar información ante la Comisión Nacional de Comercio Exterior.

La suspensión del arancel durante el proceso no implica una decisión definitiva sobre la continuidad de las medidas antidumping, sino que forma parte del procedimiento mediante el cual el Ministerio de Economía deberá determinar si corresponde mantenerlas, modificarlas o dejarlas sin efecto.

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