13 agosto, 2026

Inocencia Fiscal II: el oficialismo obtuvo dictamen y excluyó a funcionarios del régimen simplificado

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Un plenario de comisiones de la Cámara de Diputados emitió dictamen de mayoría sobre el proyecto de Inocencia Fiscal II, una de las principales iniciativas económicas que impulsa el presidente Javier Milei. Para reunir los respaldos necesarios, La Libertad Avanza incorporó modificaciones planteadas por bloques aliados y estableció que los funcionarios de los tres poderes del Estado no podrán acceder al Régimen Simplificado de Ganancias (RGM) si se desempeñaron en el Estado durante los últimos cinco años.

El dictamen obtuvo 44 firmas y una en disidencia, con el respaldo de La Libertad Avanza, el PRO, la UCR, el MID, Producción y Trabajo, Innovación Federal e Independencia.

La reunión se realizó este miércoles y significó un avance para el oficialismo después del revés que había sufrido en el Senado la semana anterior con el proyecto de ley de Tierras. Durante el plenario expusieron funcionarios y especialistas en materia fiscal, mientras que los legisladores discutieron los principales cambios incorporados al régimen.

Una de las modificaciones acordadas con los bloques aliados fue la exclusión de los funcionarios que hayan ocupado cargos en el Estado durante los últimos cinco años. El cambio quedó incorporado al proyecto en medio de los cuestionamientos surgidos a partir de una investigación judicial que involucró al exjefe de Gabinete Manuel Adorni por presunto enriquecimiento ilícito.

El presidente de la Unidad de Información Financiera (UIF), Matías Álvarez, defendió los aspectos técnicos de la iniciativa y aseguró que la reforma no afectará los mecanismos de prevención del lavado de activos, la financiación del terrorismo ni la proliferación de armas de destrucción masiva.

Durante el debate, Victoria Tolosa Paz cuestionó al titular de la UIF por los cambios introducidos al proyecto y pidió conocer los fundamentos de la modificación. La legisladora recordó que Álvarez había sostenido previamente que no correspondía generar sospechas sobre las personas políticamente expuestas. Ante el planteo, no hubo una respuesta durante el intercambio.

Con el dictamen aprobado, la Cámara de Diputados prevé tratar el proyecto en una sesión prevista para el miércoles 26 de agosto. El oficialismo también busca incorporar en esa jornada una iniciativa para modificar la Carta Orgánica del Banco Central.

El proyecto referido al Banco Central propone restringir los objetivos de la entidad a la preservación del valor de la moneda y establecer límites a la financiación del déficit del Estado, entre otros cambios.

La iniciativa de Inocencia Fiscal II fue enviada por el Ministerio de Economía a la Cámara baja cinco meses y medio después de la reglamentación de la primera versión del régimen. Entre sus modificaciones principales, el nuevo texto amplía el universo de personas que pueden optar por la modalidad simplificada.

La versión anterior establecía límites de ingresos y patrimonio para acceder al régimen, fijados en hasta $1.000 millones y $10.000 millones, respectivamente, con actualización mediante UVA. El nuevo proyecto elimina esa referencia y establece que podrán optar las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, siempre que mantengan la condición de residentes fiscales durante todo el período correspondiente a la declaración jurada simplificada.

El texto también modifica las condiciones para determinar cuándo existe una “discrepancia significativa”, un concepto que permite a la administración tributaria impugnar una declaración simplificada e iniciar una fiscalización.

Se mantiene como criterio que exista un aumento del impuesto determinado o una reducción de los quebrantos de al menos el 15% respecto de lo declarado, o que la diferencia supere el límite establecido por el Régimen Penal Tributario.

La nueva redacción incorpora además un piso mínimo. Aunque la diferencia alcance el 15%, no será considerada significativa si no supera el equivalente al 5% del monto establecido en el Régimen Penal Tributario. Según el texto analizado, ese umbral representa $5 millones, con lo que se busca evitar que ajustes de montos reducidos provoquen la pérdida del beneficio.

El proyecto también precisa el alcance de la presunción de exactitud en el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Los períodos considerados no prescriptos serán los comprendidos hasta diciembre del período fiscal de Ganancias correspondiente al ejercicio en el que se haya ejercido la opción por el régimen simplificado.

La presunción se mantendrá durante esos períodos, salvo que se detecten facturas apócrifas o ingresos computados de manera incorrecta, incluyendo los relacionados con retenciones, percepciones, pagos a cuenta y anticipos.

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