15 julio, 2026

El impacto de la demora en la Ley de Inocencia Fiscal en Ganancias y Bienes Personales

0
La fecha límite para la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias se aproxima, y el Gobierno aún no ha remitido al Congreso la reforma de la Ley de Inocencia Fiscal. Esta situación afecta gravemente a los contribuyentes que esperaban acceder al Régimen Simplificado de Ganancias bajo condiciones más favorables, poniendo sobre la mesa la posibilidad de una prórroga o un pago a cuenta que permita avanzar en la resolución del tema.

El plazo estipulado vence el 27 de julio, tanto para aquellos que se acogen al régimen general como para los que eligen el simplificado. Según trascendió, la Administración enviará el proyecto a la Cámara de Diputados en la semana del 20 de julio, un tiempo que resulta escaso para que el Congreso apruebe los cambios necesarios antes del vencimiento.

El ministro de Economía, Luis Caputo, había manifestado su confianza en que la nueva versión de la ley contaría con el mismo apoyo legislativo que la anterior. Destacó la relevancia del proyecto para movilizar el ahorro informal, un efectivo que actualmente pierde valor fuera del sistema financiero y que, de ser canalizado a través de entidades bancarias y casas de bolsa, podría ser utilizado para impulsar la infraestructura y las pequeñas y medianas empresas.

El Régimen Simplificado de Ganancias se ha presentado como una opción dentro de la Ley de Inocencia Fiscal, destinada a permitir que ciertos contribuyentes regularicen su situación fiscal con requisitos más sencillos que los del régimen general. Un aspecto atractivo de este régimen es el denominado tapón fiscal, que otorga presunción de exactitud sobre los períodos fiscales anteriores al que se toma de base para adherir al esquema.

Sin embargo, la ley actual limita el acceso a este régimen a contribuyentes que posean ingresos anuales de hasta $ 1.000 millones y un patrimonio máximo de $ 10.000 millones. El anteproyecto que se está elaborando eliminaba estos límites, lo que ampliaría consideradamente la cantidad de contribuyentes que podrían acceder. Además, se permitiría que los Grandes Contribuyentes Nacionales participen, aunque sin disfrutar de los beneficios centrales, como el propio tapón fiscal.

Otro aspecto significativo de la reforma es la intención de suavizar el concepto de discrepancias significativas entre lo declarado y lo determinado por la Administración, cambiando la base de cálculo de esta discrepancia. En lugar de considerar el saldo final de la declaración, el nuevo criterio se aplicaría sobre el impuesto determinado, con un umbral mínimo de $ 5.000.000, debajo del cual las diferencias no implicarían la pérdida de los beneficios del régimen, a pesar de exceder el 15% que es exigido por el Régimen Penal Tributario.

El contador Diego Fraga, experto en temas tributarios, subrayó el impacto que esta demora tiene en la labor cotidiana de los estudios contables. Expresó que “la demora tiene un impacto práctico porque las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales vencen a fines de julio; mientras ARCA no establezca una prórroga con anticipación, los contadores deben trabajar basándose en los plazos actuales y no pueden arriesgarse a esperar”.

Fraga indicó que la aprobación puntual de la reforma era crucial, ya que las mayores garantías jurídicas que incluye eran un posible incentivo adicional. A respecto, comentó: “Era importante que la reforma se aprobara a tiempo: las mayores seguridades que incorpora podrían motivar a más contribuyentes elegibles a optar por el régimen simplificado”.

Sobre si era conveniente ingresar al régimen pese a la falta de una reforma aprobada, sugirió: “Aun con la ley actual, pienso que a quienes sean elegibles les conviene ingresar, principalmente por el tapón fiscal sobre los períodos anteriores, siempre que la declaración de 2025 sea correcta y no existan causas que permitan impugnar el período base”.

El contador también anticipó un efecto a mediano plazo vinculado con la exteriorización de dólares no declarados. En este sentido, pronosticó: “En una segunda etapa, la mayor seguridad jurídica que traería la reforma podría ser determinante para que algunos contribuyentes se atrevan a retirar los dólares del colchón e incorporarlos al circuito formal”.

Desde el ámbito legal, el abogado tributario Jorge Haddad destacó las interrogantes que persisten alrededor del esquema simplificado, más allá de los plazos legislativos. Informó que “la falta de las reformas influye en ambos tributos, porque si alguien se adhiere a la declaración jurada simplificada no necesita exteriorizar su patrimonio, por ejemplo”. A pesar de ello, habría que resolver inquietudes presentadas por diversas entidades sobre la solidez del ingreso al nuevo sistema y su aplicación retroactiva, aclaraciones realizadas por ARCA, aunque esto aún no brinda un soporte jurídico suficiente.

Esta observación resuena con uno de los puntos más debatidos del anteproyecto; el artículo 42 ter, que estipula que las fiscalizaciones, determinaciones, recursos o pleitos en curso seguirán de pie pese a la adhesión de un contribuyente al régimen simplificado, lo que podría limitar en la práctica los beneficios del tapón fiscal.

Aparte de la discusión técnica, en el mercado se especula que el desenlace más probable no será una simple prórroga del vencimiento, sino un esquema de pago a cuenta similar al implementado con los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales del período fiscal 2023. En esa ocasión, la Administración consideró en término las presentaciones realizadas hasta septiembre a cambio de un ingreso especial a cuenta, equivalente a un sexto anticipo, con vencimiento en agosto.

Este enfoque buscaría equilibrar, por un lado, mantener el nivel de recaudación de julio, mes que suele ser significativo por el vencimiento de Ganancias en términos fiscales; y por otro, otorgar un mayor margen para que contribuyentes que actualmente no cumplen con los requisitos puedan sumarse al régimen simplificado una vez aprobado los cambios legislativos.

En esa línea, se indica que el impacto real de la reforma sobre la exteriorización de dólares no declarados durante 2025 podría ser moderado, dado que es poco probable que esos fondos hayan sido utilizados el año pasado, antes de la creación de la ley. Desde esta perspectiva, la falta de una prórroga no perjudicaría en sí misma la exteriorización de dólares no declarados, sino que podría afectar cuántos contribuyentes logran sumarse al régimen simplificado.

Hasta el momento, el Ministerio de Economía y la Administración no han dado detalles sobre una posible postergación del vencimiento. Los estudios contables continúan operando bajo la premisa de que el 27 de julio sigue vigente, aunque existe un consenso en el sector sobre que alguna forma de extensión, ya sea a través de una prórroga o un pago a cuenta, es prácticamente inevitable.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *